El Préstamo de pago en bibliotecas se traducirá en menos presupuesto para adquisiciones.



El día 1 de agosto, se aprobó el Real Decreto por el que se desarrolla el derecho de remuneración a los autores por los préstamos de sus obras realizados en bibliotecas.

Las bibliotecas públicas son unos de los principales motores culturales, y de acceso democrático y global a la cultura, con una fuerte capacidad de igualdad de oportunidades. La inevitable reducción de presupuestos que comportará este canon afectará de forma muy negativa a esta misión de las bibliotecas.

Ese canon es obligatorio en la Unión Europea desde una Directiva de 1992. Pero como en España nunca se llegó a pagar, en octubre de 2006 el Tribunal Europeo de Justicia obliga y sanciona a España a cumplir con su legislación. Como consecuencia, se incluyó la obligación de remuneración a los autores por los préstamos en Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas.

Este decreto que se acaba de publicar desarrolla lo establecido en la ley y establece qué cantidades se van a pagar, y cómo y quién se va a encargar de cobrarlo.

En resumen:

·         Afecta al préstamo de obras protegidas por derechos de autor que se realicen museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro.

·         El pago recae en las entidades gestoras de las bibliotecas, en el caso de las Bibliotecas Municipales, los ayuntamientos

·         Quedan eximidos los municipios de menos de 5.000 habitantes, y las bibliotecas de las instituciones docentes integradas en el sistema educativo español.

·         Establece dos tipos de remuneración que se suman: por obra y por usuario (por el número de obras objeto de préstamo con derechos de autor y por cada usuario que haya hecho uso del servicio de préstamo durante un año)

·         Las encargadas de cobrar el canon serán las entidades de gestión de derechos, que  tendrán que repartir a cada autor el que le corresponda, bajo un criterio que tendrá que ser “objetivo, proporcional y de público conocimiento”

Los bibliotecarios españoles comenzamos hace años una campaña de movilizaciones en contra de esta directiva europea, ya que afecta muy negativamente al servicio que las bibliotecas proporcionan a la sociedad:

·         El dinero destinado al pago saldrá necesariamente presupuesto para la compra de libros y por lo tanto, los perjudicados serán todos los usuarios de las bibliotecas públicas, actuales y futuros y, en definitiva, toda la sociedad.

·         También nos preocupa el hecho de que el canon sea recaudado por entidades privadas. Según la Plataforma contra el Préstamo de Pago, este hecho supone “una perversión de los principios fiscales difícil de asumir desde la defensa de los servicios públicos” como mecanismos de garantía de los derechos ciudadanos.

·         Entendemos que los autores tienen derecho a recibir una compensación económica por los diferentes usos de sus obras, pero este coste no debe recaer en la propia biblioteca. Los autores son nuestros grandes aliados y viceversa: en la biblioteca se promociona y publicita a los escritores y sus obras mediante clubes de lectura, recomendaciones, centros de interés, guías de lectura, encuentros…

·         No creemos que tengan que ser los ayuntamientos los responsables de afrontar el pago de este canon ya que esto puede afectar de forma muy negativa los ya exiguos presupuestos municipales destinados a bibliotecas.

En definitiva, es una medida que agranda los problemas a los que se enfrenta actualmente la Biblioteca Municipal, perjudicando la delicada misión de fomentar la lectura en un país cuyos índices dejan mucho que desear y en un momento en que se hace necesaria la existencia de un espacio en para la información, la cultura, la formación, el debate y la reflexión crítica.


Olga Muñoz Navarro
Coordinadora de las Bibliotecas Municipales de Cuenca

Comentarios

  1. Una pregunta ¿Hay alguna estimación del coste por biblioteca que tendrá la medida? ¿Cuánto va a pagar el Ayuntamiento de Cuenca por este concepto en términos absolutos y con respecto a su presupuesto?

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  2. Hola, intentaremos responderte, aunque por ahora lo que tenemos todos los bibliotecarios es una gran incertidumbre: este decreto establece dos tipos de remuneración que se suman, por obra y por usuario:
    - 0,004 € por el número de obras objeto de préstamo con derechos de autor
    - 0,05 € por cada usuario que haya hecho uso del servicio de préstamo durante un año
    Ante la dificultad de hacer el cálculo por obra, este no se aplicará hasta enero de 2016. Hasta entonces, esta cuantía se calculará multiplicando 0,16 € por el número de obras adquiridas cada año para préstamo (no queda muy claro si se incluirán todas o sólo las que tengan derechos de autor).
    Según ANABAD (la Federación Española de Asociaciones de Archiveros, Bibliotecarios, Arqueólogos, Museólogos y Documentalistas), las bibliotecas en general por la carencia de medios y personal no están en condiciones de hacer anualmente el cómputo de obras sujetas al pago del canon. Tampoco de conocer el número de obras que se prestan una sola vez o varias veces, ya que el texto no especifica si se refiere a obras o ejemplares (ya que la biblioteca puede tener varios ejemplares de una sola obra). Así que no hemos podido calcularlo, habrá que esperar a ver si nos piensan facilitar la tarea...

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  3. Muchas gracias Olga por la contestación

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